Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.7 del Reglamento General de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. Los requisitos para obtener una licencia https://friendlybookmark.com/story19169371/puedo-obtener-un-permiso-de-conducir-espa%C3%B1ol-an-overview