3. Los informes que deban emitir los Delegados de Prevención a tenor de lo dispuesto en la giro c) del apartado 1 de este artículo deberán elaborarse en un plazo de quince días, o en el tiempo imprescindible cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a advertir riesgos inminentes. El https://checkbookmarks.com/story4818564/la-mejor-parte-de-gesti%C3%B3n-de-seguridad